Deducciones en el IRPF por instalar placas solares

Cuadros eléctricos
enero 17, 2022
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Deducciones en el IRPF por instalar placas solares

Desde hace tiempo hablamos del cambio que precisa el planeta para ser autosuficiente y reducir todos aquellos efectos negativos que estamos causando en él. No es sólo un tema global pensando en el futuro de éste, sino también una mejora a título individual para todos aquellos que nos sumemos al cambio y mejoremos nuestra situación en el consumo. El pasado 6 de octubre entraron en vigor nuevas medidas aprobadas por el Gobierno para impulsar la actividad de rehabilitación edificatoria (Real Decreto-ley 19/2021); entre las cuales se encuentra una que afecta, directamente, sobre este proceso transital hacia un consumo más sostenible y ecológico: la deducción del IRPF en la instalación de placas solares u otras energías renovables en viviendas.

Es un paso más, hacia la tendencia que debe tomar este asunto, facilitando el acceso a todos los habitantes para lograr que podamos abastecernos mediante energías naturales no contaminantes. Mucho hemos incidido en anteriores artículos de nuestro blog sobre ello y, por eso, hoy en esta nueva publicación queremos explicaros, para todos los que estéis interesados, en qué casos podéis tener acceso a deducciones del IRPF por instalar placas solares u otros sistemas de mejora energética.

Tipos de deducciones

En este Real Decreto-ley 19/2021 se han establecido tres tipos de deducciones en el IRPF, para aquellas personas que decidan llevar a cabo una mejora energética y realicen la instalación de placas solares en sus hogares.

  • Deducciones del 20%

Para todas aquellas personas que se dispongan a realizar obras de mejora de la eficiencia energética de su vivienda habitual o en alguna arrendada (que deberá alquilarse antes del 31 de diciembre de 2023) entre el 6 de octubre del presente y el 31 de diciembre de 2022.

Se podrán llegar a deducir 5.000 euros anuales en el período impositivo (expedido en el certificado de eficiencia tras las obras), demostrando que éstas han permitido reducir, al menos, un 7% en la demanda de calefacción y refrigeración. La demostración se realiza a través de los indicadores correspondientes del certificado de eficiencia energética de la vivienda, que debe expedir el técnico una vez terminadas las obras.

  • Deducciones del 40%

En este caso, las condiciones son las mismas que las vistas en el punto anterior, simplemente, aquí hay que demostrar que el porcentaje de reducción es de al menos un 30% en el consumo de energía no renovable. También pueden acceder a esta deducción aquellas personas quienes las obras les hayan permitido mejorar la calificación energética de la vivienda, obteniendo una clase energética «A» o «B», en la misma escala de calificación.

Los plazos son iguales a los del apartado anterior, y la base máxima sobre la que se aplica la deducción asciende a 7.500 euros anuales, aplicados en el periodo impositivo marcado por el certificado de eficiencia, facilitado por el técnico, posterior a las obras.

  • Deducciones del 60%

Este tipo de reducción está destinado a obras de rehabilitación que mejoren la eficiencia energética en edificios de uso predominante residencial. Se debe acreditar, una vez más, a través del certificado, una reducción del consumo de energía no renovable de un 30% como mínimo; o, conseguir la mejora de la calificación energética del edificio para obtener una clase energética «A» o «B», en la misma escala de calificación.

En este caso los plazos de realización de las obras varían y se amplían un año, hasta el 31 de diciembre de 2023, en lugar de 2022. La deducción se aplica en los períodos impositivos 2021, 2022 y 2023, y la base máxima deducible asciende a 15.000 euros anuales.

Qué gastos se pueden deducir

Dentro de los marcos sobre los que se ha descrito la ley en el Real Decreto, se han considerado las siguientes premisas:

  1. Gastos deducibles
  • Honorarios profesionales
  • Costes de redacción de los proyectos técnicos
  • Dirección de obras
  • Coste de ejecución de obras o instalaciones
  • Inversión en equipos y materiales y otros gastos necesarios para su desarrollo
  • Emisión de los correspondientes certificados de eficiencia energética
  1. Gastos no subvencionables
  • No se aplican deducciones cuando la obra se realice en partes de las viviendas afectas a una actividad económica
  • Tampoco por lo que respecta a plazas de garaje, trasteros, jardines, parques, piscinas e instalaciones deportivas y otros elementos análogos
  • No se incluyen los costes relativos a la instalación o sustitución de equipos que utilicen combustibles de origen fósil

Un futuro sostenible, es posible

Es importante considerar estos pequeños pasos que vamos observando, ya que nos permiten seguir avanzando en el cambio y sacar provecho de todas las ventajas que ofrece el cambio al autoconsumo fotovoltaico, en este caso, como hemos visto, en lo referente a deducciones a las que tenemos derecho, en el IRPF, por instalar placas solares en nuestras viviendas.

Además, esta bonificación es compatible con otras subvenciones y ayudas del marco europeo, englobadas en cuestiones de autoconsumo y almacenamiento.

Si quieres saber cómo puedes empezar a ahorrar y generar tu propia energía limpia, contacta con nuestros expertos en la instalación de sistemas de energía renovable, como las placas solares. En Ainfar S.L. podemos asesorarte sobre todo lo que necesites saber al respecto, y ofrecerte nuestra opinión, sin compromiso, para determinar qué tipo de instalación es mejor para tu espacio.